CUMPLIMIENTO
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Participación Cruzada
Objetivo y Contenido
Apoyar con orientación sobre la correcta interacción entre IEnova Marketing y las Subsidiarias Reguladas.
Objetivo
Contenido
Requisitos:
Los registros y bases de datos contables deberán ser independientes a las de los Transportistas o Almacenistas.
IEnova Marketing no podrá desarrollar y/o solicitar negocios en nombre de los Transportistas, Almacenistas y/o Usuarios Finales y viceversa.
El Comercializador o Usuario Final no podrá compartir, ni tener en común representantes legales o miembros del Consejo de Administración con los Transportistas o Almacenistas.
Requisitos para una correcta separación
La estructura del equipo contable de IEnova Marketing deberá ser diferente a las demás subsidiarias.
IEnova es una empresa líder de infraestructura energética, que cuenta con permisos de almacenamiento, transporte, distribución y comercialización, asimismo, es usuario final.
IEnova Marketing, S. de R.L. de C.V.
Descripción de la estructura de IEnova
IEnova y sus Subsidiarias Reguladas
Transportista
Glosario
Almacenista
Usuario Final
Comercializador
La Comercialización comprende la actividad de ofertar a Usuarios o Usuarios Finales la compraventa de Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos. Los permisos de comercialización no conllevan la propiedad de la infraestructura, es decir, siempre necesitará contratar la prestación de servicio de almacenamiento, transporte y distribución para la entrega de los productos.
El almacenista recibe resguarda y entrega Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos propiedad de terceros.
Los Transportistas serán responsables por el producto que reciban hasta su entrega al Usuario o Usuario Final. Asimismo, los Transportistas estarán obligados a dar acceso abierto a su infraestructura y a prestar a terceros los servicios de transporte.
Todas aquellas subsidiarias que adquieran para su consumo hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos y contraten los servicios de Almacenamiento o Transporte
Todas aquellas subsidiarias que adquieran para su consumo hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos y contraten los servicios de Almacenamiento o Transporte
Petroquímicos
Hidrocarburos
Generalidades de la Participación Cruzada
Promover el desarrollo eficiente de mercados competitivos en el sector energético:
Petrolíferos
Comercializadores
¿Quiénes deben solicitar la autorización de Participación Cruzada ante la CRE (Comisión Reguladora de Energía)?
Productores
Usuarios finales
Las personas que directa o indirectamente sean propietarias de capital social de:
Titularidad de los documentos que representan el capital social.
Participación directa
Participación indirecta
Se puede llevar a cabo a través de instrumentos como fideicomisos, convenios, pactos sociales o estatutarios, esquemas de piramidacion, o cualquier otro mecanismo jurídico que otorgue jurídicamente o, de hecho, control sobre una persona moral.
La participación cruzada se puede identificar de las siguientes maneras:
 O establecer mecanismos jurídicos y corporativos que impidan intervenir de cualquier manera en la operación y administración de los permisionarios de almacenamiento y transporte.
Realizar sus operaciones en sistemas independientes
A fin de garantizar que el supuesto de participación cruzada no afecte la competencia y eficiencia de los mercados, se debe
Mecanismos para regular la Participación Cruzada
Artículo 83 Ley de Hidrocarburos
Establecer la estricta separación legal entre las actividades permisionadas y la separación funcional, operativa y contable de las mismas. Lo anterior a fin de desarrollar sus actividades en apego a las normas de competencia.
Los empleados del Comercializador o Usuario Final deberán estar ubicados físicamente en un lugar distinto a los empleados del Transportista o Almacenista.
Restricciones respecto de la información que se comparte
El acceso a la información de los Clientes de IEnova Marketing será limitado al personal autorizado y se usará con el propósito exclusivo de llevar a cabo la actividad comercial.
Confidencialidad
Ningún trabajador de IEnova o de las Subsidiarias Reguladas podrá divulgar la información proporcionada por los Usuarios o que resulte de cualquier transacción o servicios.
La información que no sea pública no se puede compartir entre IEnova Marketing y sus Subsidiarias Reguladas.
Leyenda en correos electrónicos sobre confidencialidad
Los correos electrónicos enviados por IEnova Marketing a subsidiarias reguladas deberán tener la siguiente leyenda:
ADVERTENCIA: Este mensaje lo envía un integrante del equipo de IEnova Marketing y su contenido puede estar sujeto a las disposiciones legales que regulan la Participación Cruzada, el artículo 83 de la Ley de Hidrocarburos y demás disposiciones legales aplicables, las cuales establecen reglas para desarrollar actividades de Almacenamiento, Comercialización y Transporte de gas natural, con la finalidad de salvaguardar la competencia, la eficiencia y el acceso abierto en los mercados. Si tiene alguna duda sobre el alcance del mensaje, las limitaciones que le aplican o la forma en que debe actuar, consulte la Política de Participación Cruzada GE-05.
Comunicación permitida:
Ejemplos de comunicaciones permitidas y prohibidas
Si experimenta algún cambio en la presión de operación que pudiera afectar la entrega de gas en el sistema.
Si experimentan un cambio en la calidad del gas dentro de los ductos.
Los transportistas pueden comunicar la presión de operación del ducto y las limitaciones del sistema para operar de manera segura el sistema de ducto, por ejemplo:
Información acerca de las tarifas hasta que se haya puesto a disposición del público.
Si existiera capacidad restante disponible, IEnova Marketing no podrá recibir información a menos que se encuentre disponible en el Boletín Electrónico.
Los Transportistas no pueden compartir la información operacional del ducto que no sea pública, por ejemplo:
Comunicación prohibida:
El Comité se encargará de revisar que las operaciones celebradas entre Subsidiarias Reguladas cumplan con la Política de Participación Cruzada y no afecten la competencia, la eficiencia en los mercados y el acceso abierto efectivo de los servicios permisionados que prestan las Subsidiarias Reguladas.
Comité de Prácticas Societarias de transacciones sujetas a Participación Cruzada
Conforme a la Política “GE-O4 Política para celebrar operaciones con partes relacionadas”, el Vicepresidente de Contraloría y/o el Contralor General de IEnova será el responsable de informar al Comité de Prácticas Societarias sobre las operaciones con Participación Cruzada que hayan sido celebradas.
Señala las conductas que deben evitarse para no incurrir en violaciones a la Ley Federal de Competencia Económica.
Política de Participación Cruzada – (GE-05)
Política de Competencia Económica – (GE-02)
Señala los principios y lineamientos que deberán observar IEnova y las Subsidiarias Reguladas de IEnova con la finalidad de salvaguardar la competencia, la eficiencia y el acceso abierto en los mercados.
Controles implementados por IEnova
Política de Confidencialidad de la información (GE-12)
Política de atracción de talento (GT-01)
Cuando exista una posible transferencia de un empleado de una Subsidiaria Regulada a otra se deberá hacer del conocimiento de Área de Gestión de Talento y Cultura de acuerdo a lo establecido en la Política de Participación Cruzada.
Los empleados son responsables de salvaguardar la información no pública en su posesión y no deberán compartir o transferir indebidamente ninguna información que esté sujeta a las restricciones impuestas por la ley incluyendo la Política de Participación Cruzada.
Con el fin de evitar incumplimientos IEnova ha implementado las siguientes políticas:
Daniela Cervantes Analista de Cumplimiento
Área de Cumplimiento
Cualquier duda o alcance comunicarse con
IEnovacumplimiento@ienova.com.mx
Ramiro Fernández Gerente Sr. de Cumplimiento
dcervantes@ienova.com.mx
Mariana Figueroa Jefa de Cumplimiento
rfernandez@ienova.com.mx
mfigueroa@ienova.com.mx
¡Gracias!
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Pantalla inicial Objetivo y Contenido Descripción de la estructura de IEnova Glosario Generalidades de la Participación Cruzada Mecanismos para regular la Participación Cruzada Requisitos para una correcta separación Restricciones respecto de la información que se comparte Leyenda en correos electrónicos sobre confidencialidad Ejemplos de comunicaciones permitidas y prohibidas Comité de Prácticas Societarias de transacciones sujetas a Participación Cruzada Controles implementados por Ienova Obligaciones derivadas de la Participación Cruzada Área de Cumplimiento
Obligaciones derivadas de la Participación Cruzada
Responsable
Obligaciones periódicas IMKT- ECAL -Participación Cruzada
Frecuencia
Nº
[desliza para saber más]
Juan trabaja para una empresa comercializadora de gas natural y su amigo Carlos, trabaja para un almacenista de gas natural, la buena relación que ambos tenían fue debido a que el jefe inmediato de Carlos le pidió que informará a Juan de la capacidad disponible del sistema de almacenamiento de acceso abierto antes de que fuera publicada en el Boletín Electrónico, lo cual era normal ya que ambas empresas son filiales del mismo grupo de interés económico.
CASO 1
Test
[Pulsa sobre la opción correcta]
B
Sí, porque el jefe inmediato tiene la facultad de hacerlo
¿Juan y Carlos pueden compartir información aún cuando el jefe inmediato lo pida?
Pregunta 1
No, porque puede afectar la competencia, la eficiencia en los mercados y el acceso abierto efectivo.
CORRECTO
A
INCORRECTO
Pregunta 2
¿El comercializador puede recibir información por parte del almacenista, que aún no ha sido publicada mediante el Boletín Electrónico?
Sí, siempre y cuando pertenezcan al mismo grupo
No, el único medio para compartir información es por el Boletín Electrónico
Andrea trabaja en una empresa que proyecta generar energía eléctrica y necesita hacer llegar gas natural, como combustible, a las turbinas que serán instaladas en la planta, por otro lado Ernesto trabaja en el desarrollo de un ducto de acceso abierto que transportará gas natural y a su vez está cerca del predio de dicha planta, ambas empresas son filiales de un mismo grupo de interés económico. Andrea sabe que utilizará los servicios del transportista para hacer llegar el gas natural que le ha comprado a un comercializador. El transportista y el usuario final que generará la energía eléctrica han obtenido el permiso de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para realizar dichas actividades.
CASO 2
Pregunta
No, porque el supuesto de participación cruzada aplica solo cuando se utilizan los servicios de almacenamiento y transporte por ducto al mismo tiempo.
Sí, porque Andrea utilizará el servicio de transporte para hacer llegar el combustible a la planta generadora y ambas empresas son filiales de un mismo grupo.
¿El caso anterior es un ejemplo del supuesto de participación cruzada?
El Transportista y Almacenista no dará un trato preferencial para la contratación de sus servicios al Comercializador o Usuario Final.
Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE)
Comisión Reguladora de Energía (CRE)
C
Todas las anteriores
¿Qué dependencia es la encargada de dar una opinión favorable para el supuesto de participación cruzada?
Si, porque las filiales de un grupo no se pueden comunicar entre si, ni utilizar la infraestructura que desarrollen.
No, solo esta regulada por la CRE y se debe de obtener una opinión favorable de la COFECE con el fin de garantizar que el supuesto no afecta la competencia, la eficiencia en los mercados y el acceso abierto efectivo
¿Esta prohibida el supuesto de participación cruzada?
Pregunta 3
¿Qué políticas ha implementado IEnova con el fin de evitar incumplimientos?
Política de confidencialidad
Política de atracción de talento
Ninguno de las anteriores
Art. 83
Pregunta 4
¿Qué artículo de la Ley de Hidrocarburos hace referencia al supuesto de participación cruzada?
Art. 86